......este Tribunal se declara incompetente para conocer de la presente causa, en razón de la cuantía. En consecuencia, se declina la competencia a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, y al efecto se acuerda remitir el presente expediente a la mencionada sala; ello de conformidad con lo previsto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil......