conforme a los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a HAIDA ROSA SALCEDO DE PULIDO, ROSA YAMILET PULIDO DE CREAZZOLA, PEDRO ALEXANDER PULIDO SALCEDO y PEDRO DAVID PULIDO SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-647.582, V-6.868.469, V-10.794.443 y V-10.794.445 respectivamente, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto PEDRO PASCUAL PULIDO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 2.086.878.