declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en contra de DIONICIO JOSÈ MONTILLA PÈREZ. En consecuencia: Se condena al demandado DIONICIO JOSÈ MONTILLA PÈREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.835.721, en su condición de obligado manutencista, a darle estrictamente cumplimiento a la obligación de manutención, establecida judicialmente en la sentencia de divorcio, dictada en fecha 14-11-2005 por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en los términos y modalidades contenidas en el dispositivo en la indicada sentencia. En pagar de manera inmediata la suma de TRES MIL DOSCIENTOS BOLÌVARES (Bs. 3.200,00), que adeuda por pensión de manutención.
Se ordena el pago de los intereses moratorios de las sumas adeudadas, calculadas al Doce Por ciento (12%) anual, Para determinar la.....