Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la empresa GESTIONES INMOBILIARIAS LA PRIMERA S.A. contra el ciudadano LUIS EDUARDO BARRERA CARDOZO, ambos identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, queda resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes en fecha 12-06-2002 sobre un inmueble constituido por un local que sirve de estacionamiento ubicado en el Edificio Guamacire, en la calle 28 entre avenida 20 y carrera 21, de esta ciudad; por lo que el demandado deberá hacer entrega del mencionado inmueble arrendado libre de personas y de bienes.----------------