Por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por el ciudadano OLIDER RAMON RIVERO contra la empresa SEGURIDAD LA GUADALUPE C.A. (SEGUACA) y SIN LUGAR la demanda intentada contra la UNIVERSIDAD CENTRO OCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA), todos identificados en autos. En consecuencia, se condena a la empresa co-demandada SEGURIDAD LA GUADALUPE C.A. (SEGUACA), a pagar al accionante la cantidad de NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOCE BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 988.012,45), por los conceptos discriminados en el libelo de demanda, derivados de las obligaciones provenientes de sus servicios prestados como Oficial de Seguridad. En cuanto a la indexación solicitada por la parte actora y acordada por este Tribunal, conforme al criterio del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena practicar experticia compleme.....