Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la defensa de fondo de falta de cualidad del demandado para sostener el presente juicio, previsto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia se declara SIN LUGAR la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por el ciudadano ANGEL RAMON MONTILLA contra la JUNTA DE CONDOMINIO DE LAS RESIDENCIAS PLAZA RESIDENCIAL ARCA DEL NORTE.-----------------------------------------------
No hay condenatoria expresa en costas dada la naturaleza social del presente fallo.----------------------------------------------------------------------------------------