Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la oposición formulada por los ciudadanos JAVIER JOSE PIRE, JOHANA MARGARITA PIRE, ANA MARIA TORRES PIRE y NORAIDA AMRACELIS PIRE, contra la medida ejecutiva practicada por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, en fecha 23-07-2003. En consecuencia, se revoca la medida ejecutiva de entrega del inmueble practicada sobre el inmueble ubicado en la carrera 7 con esquina calle 12, Sector III, Manzana “O”, Parcela 1, del Barrio La Paz y cuyos linderos son: NORTE: calle 12; SUR: Con inmueble que es o fue de Magali Castillo; ESTE: Carrera 7, que es su frente; y OESTE: Con inmueble que es de Juan Antonio Morales, José Antonio Morales, Angy Toledo Canelón; por lo que se ordena hacer entrega del mismo a los opositores.---------------------------------------
De conformidad con lo previsto en.....