Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1.CON LUGAR la demanda por: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentada por: ANA DOLORES GARCIAS OMAÑA, venezolana, mayor de edad, hábil, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.324.556, contra el ciudadano: ENNIO SEGUNDO MONTERO PÉREZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-7.431.903.
2.SE ORDENA la desocupación inmediata del inmueble ubicado en la Urbanización El Recreo, calle 05, parcela 40, casa 40-04, Parroquia Los Rastrojos del Municipio Palavecino del Estado Lara y la entrega libre de bienes y personas a la actora.
3.SE ORDENA al demandado el pago por daños y perjuicios contractuales por la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.200.000,00), el cual comprende el monto de los cánones arrendados y la cantidad de CUARENTA Y OCHO MIL.....