Visto el convenimiento efectuado entre las partes, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación al mismo, da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Asimismo acuerda suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha: 23-08-04, por este Tribunal, mediante oficio Nro. 4920-678.- Oficiese lo conducente.-