DECLINA la Competencia a un Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, competente por la materia para conocer de la misma. Se acuerda remitir la presente causa, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), a los fines de que sea distribuida entre los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial competentes por la materia para conocer del presente Asunto. Remítase, désele salida una vez precluido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.- Y ASI SE DE DECIDE. Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los dieciséis (16) días del mes de Noviembre del año dos mil doce (2012). Años: 202° y 153°.
La Juez
Abg. Delia Josefina González De Leal
La Secretaria Accidental
Abg. Merly Torrrealba