Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentada por la ciudadana: CAROL M. FREITEZ P., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.877.972, y de este domicilio, por intermedio de sus apoderados judiciales: GILBERTO CARDIER A. y ANDRES ELOY PARRA, abogados en ejercicios, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 36.810 y 14.071, respectivamente, contra la AGENCIA DE LOTERIA TRIPLE GORDO, VARIEDADES CAFÉ RINCON DE LA SUERTE, C.A., CAFETERIA Y AGENCIA DE LOTERIA, la primera representada por la ciudadana: YENY CRISTINA CARUCI DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 13.264.927, y las dos últimas representadas por el ciudadano: JORGE RAMON CASTILLO QUINTERO.- En consecuencia, se condena a la p.....