Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por la ciudadana: : BELGIA LISETTE PEROZO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 13.856.981, actuando en su propio nombre, y en representación de sus menores hijos: JHONNY JAVIER LUCENA PEROZO, YENIFER CAROLINA LUCENA PEROZO, ALEXANDER JAVIER LUCENA PEROZO Y ANDERSON LUCENA PEROZO, por intermedio de sus apoderados judiciales, abogados: STALIN PEREZ, YRENY PIANEGONDA ROJAS Y MIRROTH A. GOMEZ A., abogadas en ejercicios, e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 20.829, 90.420 y 90.419, respectivamente, contra la empresa de seguros: INTERBANK SEGUROS S.A., en la persona de MARY SANGRONI, en su carácter de G.....