TERESA RAMIREZ COLINA y EDGAR ALEXANDER SILVA PEÑA; ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 11 de Diciembre del año 2009, según acta N° 294 del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines de que inserte la nota marginal correspondiente. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los nueve (09) días del mes de Abril del año dos mil catorce (2.014) Años: 203° y 155°.
La Jueza,
Abg. Delia González de Leal
El Secretario Temporal,
Ab.....