Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN Y ASEGURAMIENTO A LA CONTINUDAD DEL PROCESO PRODUCTIVO, formulada por la empresa PRODUCTOS ALIMEX C.A., ubicada en la calle 28, con carrera 3, Zona Industrial I, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07/09/1964, bajo el No. 106, Tomo 24-A y posteriormente en el Registro de Comercio que llevó el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial, bajo el No. 27, folio 100 fte al 110 vto. Del Libro de Registro de Comercio No. 02, llevado por ese Tribunal en el año 1974, reformado íntegramente sus estatutos sociales de acuerdo a Acta de A.....