DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el abogado FRANCISCO ALBERTO HERNÁNDEZ DÍAZ, en contra de los ciudadanos: MARIA DE JESÚS ARRIETA DE JIMÉNEZ, REINALDO JOSÉ GIMÉNEZ ARRIETA, Y ALFREDO JOSÉ GIMÉNEZ ARRIETA.-