DISPOSITIVA:
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Demanda por ACCIONES DERIVADAS DEL DERECHO DE PERMANENCIA, intentada por la Ciudadana CARMEN EDITH ALVAREZ DE MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.331.353 en contra de los ciudadanos ISMAEL ENRIQUE ACOSTA y ANA BERTHA PADILLA LUCENA, titulares de las Cédulas de Identidad, Nros 7.429.999 Y 7.426.180. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la materia agraria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por Secretaria, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintiseis (26) días del mes de Marzo del año dos mil doce (2012). Años: 20.....