DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: Consumada LA PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente Solicitud de MEDIDA DE ASEGURAMIENTO Y APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS presentado por los ciudadanos JUAN VICENTE COROBA ACOSTA y JUAN CARLOS TORO FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros: 11.269.860 y 7.415.180, respectivamente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los veinticinco (25) días del mes de mayo del año dos mil quince (2015).