En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decretar justo Titulo de Propiedad, salvo mejor derecho de terceros, a favor de la Firma Mercantil AGROPECUARIA "LA GALERIA", inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 29 de octubre de 2015, inscrita bajo el N° 26, Tomo 172-A, inscrita bajo el Numero de Información Fiscal RIF N° J-40681395-8, representada legalmente por los ciudadanos ELADIO MANUEL FIGUEREDO, JESUS ENRIQUE ANDUEZA GARCIA y JUAN CARLOS RODRIGUEZ SALAZAR, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 7.981.734, 7.981......