DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR las CUESTIONES PREVIAS de Ilegitimidad de la persona del actor por carecer de la capacidad necesaria para comparecer en juicio, La ilegitimidad de la persona que se presente como apoderado o representante del actor, por no tener capacidad necesaria para ejercer poderes en juicio, o por no tener la representación que se atribuya, o porque el poder no esté otorgado en forma legal o sea insuficiente y la prohibición de la Ley de admitir la acción propuesta, o cuando sólo permite admitirla por determinadas causales que no sean de las alegadas en la demanda, previstas en los ordinales segundo, tercero y décimo primero respectivamente del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil opuestas por la parte demandada. SEGUNDO.....