DECISION:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, DECLARA: Que el medio recursivo utilizado por el abogado HIlDEMAR TORRES, en diligencia de fecha 24 de Mayo del año 2013 (folio 797), contra el acta contentiva del acto de posiciones juradas de fecha 23 de Mayo del año 2013, es improcedente.