Por las razones, antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de SERVIDUMBRE DE PASO, intentada por la ciudadana MARÍA RAMONA RODRIGUEZ, antes identificada, en contra del ciudadano JUAN BAUTISTA SUÁREZ, ya identificado. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.