DISPOSITIVA
En razón de lo ante expuesto, este Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Lara, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 197, ordinal 15º de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y previo cumplimiento de los requisitos legales, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que tales diligencias resultan suficientes para que este administrador de justicia, salvo el mejor derecho del Estado Venezolano y de cualquier otro tercero, DECRETA justo titulo de propiedad a favor del ciudadano: SAMUEL FILISBERTO GUTIERREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.373.550, debidamente asistido por el abogado RICARDO PINZON ARMAS, inscrito con el inpreabogado bajo el Nº 23.326, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías construidas sobre .....