Vista la manifestación planteada en la Audiencia Probatoria por el Abogado HILDEMAR TORRES GARCÍA, actuando como Defensor Público de la parte demandada (cito) " Yo procedo en este acto a recusarlo formalmente de acuerdo a lo establecido en el artículo 82, numeral 15º del Código de Procedimiento Civil por haber emitido pronunciamiento sobre el fondo del asunto que se debate en este acto..." este Tribunal proveerá lo conducente una vez que se formalice tal planteamiento.