No obstante tales afirmaciones, con la finalidad de salvaguardar a las partes la ejecución de su derecho a la defensa y debido proceso, y con el fin de procurar una tutela a sus intereses, se acuerda la realización de una reunión con las mismas, quienes harán sus observaciones respectivas en relación al proceso, vencida dicha audiencia el Tribunal se pronunciará sobre la adecuación del presente juicio a los principios que rigen al proceso agrario, para lo cual se fija el tercer día de despacho siguiente a que conste en autos la notificación de las partes, a las 11:00 am.