DISPOSITIVA:
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN AGRARIA, intentada por el ciudadano HENRIQUE OROZCO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.504.820, en contra de los ciudadanos ELÍAS CAMACHO, PEDRO PIÑA, ELEAZAR AMAYA y GERMÁN OROZCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.603.612, 11.265.420, 7.913.443 y 11.881.286.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria con lugar de la demanda, se ordena a los demandados ELÍAS CAMACHO, PEDRO PIÑA, ELEAZAR AMAYA y GERMÁN OROZCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 9.603.612, 11.265.420, 7.913.443 y 11......