Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de ACCIÓN DERIVADA DEL DERECHO DE PERMANENCIA intentada por el ciudadano SOCORRO ANTONIO LÓPEZ, en contra de la ciudadana ROSA MARGARITA PACHECO. SEGUNDO: Se ratifica la medida decretada por el Tribunal en la audiencia preliminar en fecha 03 de junio de 2010, hasta tanto el Instituto Nacional de Tierras en ejecución del procedimiento administrativo decida acerca de la adjudicación de la tierra o reubicación en otras de iguales o mejores condiciones. TERCERO: No hay especial condenatoria en costas.