En consecuencia de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en acatamiento a las normas previstas en los artículos 23, 117, y la Disposición Décima de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y de conformidad con el articulo 199 eiusdem, ORDENA librar el presente despacho saneador a los fines de que el demandante ciudadano VICTOR JULIO MELENDEZ, representado por la abogado en ejercicio SILENY ALEJANDRA BRITO MELENDEZ , ya identificados consignen la siguiente documentación requerida a los efectos de la admisión de la demanda: PRIMERO: Documento en el cual conste la inscripción del acto de cesión en el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil INVERSIONES AGROPECUARIAS LOS INDIOS C.A. donde se evidencie la cesión firmada por el cedente y el cesionario. SEGUNDO: Documentación respectiva emitida por el Instituto Nacional de Tierras (INTI) que autorice a la empresa mercantil AGROPECUARIA LOS INDIO.....