PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRICOLA para evitar la interrupción de la producción agraria que vienen desarrollando los ciudadanos DOMINGO PIMENTEL, CECILIO PEREZ, CARLOS FIGUEROA, VICENTE PIMENTEL, ANTONIO RODRIGUEZ, LUIS BELTRAN AGUIAR Y MANUEL JOSE AGUIAR, venezolanos, mayores de edad, titular de las cédulas de identidad Nrsº: 13.905.036, 18.052.781, 12.277.952, 12.528.487, 7.291.411, 17.227.036 y 11.598.499, respectivamente sobre los siguientes lotes de terreno: el Primero de ellos ocupado por el Ciudadano Domingo Pimentel, con una superficie de NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON TRES CENTÍMETROS (9.582,03 M2); con los siguientes linderos. NORTE: Terrenos ocupados por Hacienda la Horqueta, SUR: Con el río Buria, ESTE: Terrenos ocupados por Hacienda La Horqueta y el río Beria y OESTE: Con el río Buria; el Segundo lote de terreno es ocupado por el ciudadano Cecilio Pérez, con una superficie de DIEZ MIL SESENTA Y DOS CON SETENTA Y SI.....