DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la Medida Cautelar Innominada solicitada por la apoderada judicial de la parte accionante, abogada Neyda Padilla Colmenárez, en el juicio por Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Agrario con Medida Cautelar Innominada de suspensión de efectos del acto recurrido acordado el 12 de marzo de 2008 dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras INTI, en sesión 167-08, Sin Punto de Cuenta, sobre un lote de terreno denominado Hacienda Agua Viva, ubicado en el Sector El Encanto, Parroquia Agua Viva, Municipio Palavecino del Estado Lara.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.