En base a las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Sin Lugar la apelación interpuesta por el apoderado actor abogado José Vicente Torres (f. 346), contra la sentencia de fecha 14 de Abril del 2005, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Segundo: Sin Lugar la Querella Interdictal de Restitución por Despojo incoada por el ciudadano Raimondo Orazio Li Calzi de Leo contra el ciudadano Pedro Antonio Angiolillo Mazzea.
Tercero: Se ratifica la Revocatoria de Restitución de la Posesión, decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 09 de diciembre del 2004, y ejecutada por el Tribunal Ejecutor.....