DECISION
Este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano José Ramón Oviedo Grizman, asistido por el abogado en ejercicio Jesús Bernardo Ramírez Pérez, parte demandada en el presente juicio, contra el fallo dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 01 de febrero de 2011, en la presente Acción Posesoria Agraria, incoado por el ciudadano José Esteban Rodríguez Perdomo, en su carácter de Presidente de la Cooperativa Agromango II R.L., contra el ciudadano José Ramón Oviedo Grizman. En consecuencia, se declara PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION POSESORIA, intentada por la COOPERATIVA BOLIVARIANA AGRO MANGO II R. L., contra el ciudadano JOSÉ RAMÓN OVIEDO GRIZMAN, a quien le fue adjudicada provisionalmente mediante Carta Agraria por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en reunión No. 06-03.....