Sin lugar el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Jesús Leonardo Archiva Molina apoderado judicial de la parte demandada.
Se Confirma el auto de fecha 22 de octubre del año Dos Mil Siete, emitido por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, objeto de la apelación.
Expídase copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese