Por las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL PRESENTE RECURSO DE HECHO, interpuesto por la ciudadana MARIA VIRGINIA SANCHEZ, asistida por el Abogado JOSE LUCENA BETANCOURT, Inpreabogado N° 31318, ejercido en contra del auto de fecha 23 de enero de 2014, librado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, extensión El Tocuyo, en donde negó la apelación ejercida.
SEGUNDO: Líbrese oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Extensión el Tocuyo, a los fines de remitir copia certificada de la presente decisión.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 24.....