PRIMERO: Que la accionante “Cooperativa El Milagro de San Juan Bautista 050, Responsabilidad Limitada” no tiene cualidad jurídica para sostener la presente causa en los términos que ella misma explana en el libelo, por cuanto hace formal demanda por cumplimiento de contrato en contra del Instituto Nacional de Tierras (INTI), en relación a un contrato (folio 23), celebrado entre el Instituto Nacional de Tierras, la Gobernación del Estado Lara, la Alcaldía del Municipio Crespo del Estado Lara, la República Popular China y los ciudadanos Leopoldo Rodríguez, Reina M. Sarmiento, Oswaldo Herrera, Ismael Sarmiento, Elpidio Villasmil, Antonio González, Nicolás Sarmiento, José Narciso Pérez, María L. Marín, Esteban López, Juan B. Marín, Luis A. Méndez, José A. Marín, Víctor Rodríguez y José Rodríguez, socios todos de la Unidad de Producción El Milagro, inscrita en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Crespo del Estado Lara, bajo el N° 23, folios 21 al 23, Protocolo Primer.....