DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Tercero Agrario, actuando en sede Contenciosa Administrativa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la Medida Cautelar Innominada solicitada por el apoderado judicial de la parte accionante, abogado Julio Alejandro Pérez Graterol, en el presente recurso Contencioso de Nulidad (Medida Cautelar), contra la suspensión de los efectos de la medida de aseguramiento acordada el 12 de marzo de 2008, dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), en sesión 167-08, Punto de Cuenta Nº 00028.