Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por los ciudadanos EDITA DEL CARMEN CANELON e IVOR JOSÉ CANELON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-6.125.595 y V-4.411.479, respectivamente, domiciliados en el Caserío La Mesa Sector La Laguna Abajo, calle real de Humocaro Alto, Municipio Morán del estado Lara, representados por el abogado PASTOR LEONARDO GOMEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 92.023, con domicilio procesal en la calle Monagas, entre Lara y Bolívar de la ciudad de Carora, Municipio Torres del estado Lara, de fecha 23 de enero de 2013.Así se decide. SEGUNDO: Firme la sentencia de fecha veintitrés (23) de enero de 2013, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instanci.....