DECISION
Por lo tanto, en consideración de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Tercero Agrario Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad por razones de Ilegalidad conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar, incoado por la Universidad Central de Venezuela, en contra la Garantía de Permanencia Socialista Agraria dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en fecha 13 de julio de 2010, según Sesión Nº 328-10. SEGUNDO: En consecuencia, se declaran válidos y con todos sus efectos jurídicos, los actos administrativos dictados por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en la Garantía de Permanencia Socialista Agraria dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en fecha 13 de julio de 2010, según Sesión Nº 328-10. TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente caso. CUARTO: La presente se.....