En razón de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Constituido en Asociados, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la inhibición planteada por el JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA Abogado Alonso Barrios Avendaño, para continuar conociendo del ASUNTO Nº KP02-A-2013-000002, en el juicio de Petición de Herencia que intentara la ciudadana GLORIA BAZÓ TERÁN, titular de la cédula de Identidad No. 1.407.610 contra el ciudadano EDUARD DIONIGI BAZÓ CHIARILLI, titular de la cédula de Identidad No. 15.777.545, por encontrase incurso en la causal del ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
TERCERO: Ordena se notifique por oficio de la presente incidencia ta.....