DECISION
Por lo tanto, en consideración de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Tercero Agrario Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso de Nulidad Administrativo Agrario, incoado por el abogado en ejercicio Jesús Alberto Jiménez Peraza en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Inversiones 9706 C.A. contra la providencia dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en fecha 12 de marzo de 2008, en sesión Nº 167-08, Punto Nº 00010. SEGUNDO: En consecuencia, Se declara la validez del acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en fecha 12 de marzo de 2008, en sesión Nº 167-08, Punto Nº 00010, sobre los terrenos que no están urbanizados y que tienen vocación agrícola. Así se decide. TERCERO: SE ANULA el acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en fecha 12 de marzo de 2.....