DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Tercero Agrario, con competencia en Materia Ambiental, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda RATIFICAR LA IMPROCEDENCIA de la Medida de Impacto Ambiental a la actividad minera que desarrolla la empresa Cisko Desarrollo C. A., según lo establecido en la Norma contenida en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ADVIRTIENDOLE a dicha Empresa la continuidad del cumplimiento del respectivo Registro de Actividades Susceptibles a Degradar el Ambiente, según lo establecido en el decreto 1.257 de fecha 13 de marzo de 1.997, referido a Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente, así se establece.-
Expídase copia certificada de la presente decisión de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de éste Juzgado Superior Tercero Agrario, en B.....