DECISION
Por lo tanto, en consideración de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Superior Tercero Agrario Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad por Inconstitucionalidad e Ilegalidad subsidiariamente con medida de suspensión de efectos del acto administrativo, contra el acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras en fecha 13 de abril de 2010, en Sesión Nº 312/10, Punto de Cuenta Nº 256. SEGUNDO: En consecuencia, se declaran válidos y con todos sus efectos jurídicos, el acto administrativo dictados por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en la Resolución dictada en fecha 13 de abril de 2010, en Sesión Nº 312/10, Punto de Cuenta Nº 256. TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente caso. CUARTO: La presente sentencia es dictada dentro del lapso establecido en el artículo 173 de la Ley de .....