Se declaró SIN LUGAR, la cuestión previa opuesta de conformidad con el ordinal 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por el abogado Amábiles José Silva Campos, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 7574, en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada Inversiones Sagitario 5, C.A., por cuanto el oponente no acreditó la existencia de la cuestión prejudicial que deba resolverse con carácter previo a la sentencia del juicio aquí se ventila, y por cuanto de las solas afirmaciones del demandado no se puede advertir la existencia de dicha prejudicialidad respecto del juicio de nulidad que aquí se sigue, ya que con ello no se demuestra que la existencia de la nombrada acción de rendición de cuentas tenga vinculación con la materia que se discute en este proceso y además que tal vinculación entre la cuestión planteada en el otro asunto y la pretensión reclamada en el que discurre en este expediente, influye de tal modo en la decisión de éste, que sea necesario resolv.....