Se ordenó la Ejecución de la demandada, condenándola a pagar la suma de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.000,00), si es dinero efectivo; más los intereses moratorios vencidos sobre la Letra de Cambio, calculados hasta el día 25 de Noviembre de 2.005, a la rata del 5% anual, desde la fecha de vencimiento de la obligación, más los que se sigan venciendo hasta su pago definitivo; y los costos y costas del proceso, calculados de conformidad con la Ley. Se fijó un lapso de Cinco (05) días de Despacho, contados a partir de que el fallo quede firme, a fin de que se verifique el cumplimiento voluntario, advirtiéndosele que vencido dicho lapso se procederá la ejecución forzosa.