este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos ESTEBAN GONZALEZ, KRAIFA Y. ESCALONA G. GLADIS DE DA SILVA, REINALDO E. OROPEZA G. AREANI DE SILVA, LUISA E. GOMEZ DE SEFEREN, MIRIAN DE PORTELES, ELBA DE DORANTE, AIDA P. GONZALEZ M., JAIRO ARIAS E. FATIMA RODRIGUEZ S. y RAMON A. VALERO, en contra de la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION DE VECINOS DE LA URBANIZACION EL VALLE (ASOVALLE), en la persona de los ciudadanos EDUARDO PRICE, JUANA MORENO, OMAIRA GUERRA, y HELYMAR ROJAS, en la condición antes señalada, todos previamente identificados.