Visto el desistimiento del procedimiento suscrito por la Abogada Belkys Mayela Parra Narváez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 108.828 en su carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSE TEXEIRA MARQUES, se homologa el mismo, en consecuencia se ordena dar por terminada la presente causa y procédase devolver el documento original solicitado, dejando en su lugar copia certificada de los mismos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil,. Archívese el expediente.-