este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos MIGDALIA COROMOTO MOSQUERA PERNALETE y JOSE ROBERTO ARENAS CHACON por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara,