este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos DAVID JOSE ISEA LÓPEZ y MARIA ELENA MARTINEZ GOMEZ, por ante la Prefectura Civil del Municipio Palavecino del Estado Lara, en fecha: 20 de Diciembre de 1996, bajo el No. 180, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho. Liquídese la comunidad de gananciales.