Este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO y ORDENA al Registrador Principal del Estado Lara, y al Prefecto del Municipio Jiménez del Estado Lara, se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en la partida de nacimiento N° 572, folio 288 fte. del año 1.960. Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase copias certificadas de la presente decisión.