DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR, la acción de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, incoada por el ciudadano BRAULIO ANTONIO VALERA, contra la ciudadana BEATRIZ SOFÍA ROJAS DE VÁSQUEZ, todos antes identificados. En consecuencia: Primero: Téngase al ciudadano BRAULIO ANTONIO VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.964.431 como propietario del inmueble consistente en una parcela de terreno y casa,-quinta distinguida con el Nº 1-101, Ubicada en la calle 1, cruce con la carrera 2 del Parcelamiento Catedral, S.A., Parcela Nº 57 del Sector Cruz Blanca O "23 DE ENERO" de esta ciudad de Barquisimeto, Jurisdicción del Municipio Catedral Distrito Iribarren (Hoy Parroquia Catedral Municipio Iribarren) del Estad.....