Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del transito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: IMPROCEDENTE la demanda de COBRO DE BOLIVARES, incoada por la ciudadana MARY YOLANDA HERNANDEZ EREU, contra el ciudadano GOTARDO SANTIAGO GONZÁLEZ HERNANDEZ, todos suficientemente identificados. En consecuencia; Primero: Una vez quede firme el presente fallo, se procederá a suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 16/02/2012; Segundo: La improcedencia de la demanda deviene de haber quedado desechado el Instrumento Fundamental de la demanda, en la incidencia de Tacha, por lo que se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
ACLARATORIA DE LA SENTENCIA:
Este Tribunal observa: Se dictó sentencia definitiva en fecha 26/03/2013 declarando IMPROCEDENTE la demand.....